Resolución General Conjunta 5271/2022. Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA). B.O. 12/10/2022
Se deroga la Resolución Conjunta General N°4.185 (AFIP), por la que se implementó el “Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI)” y se crea el “Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA)”, que será aplicable a los importadores, inscriptos en los Registros Especiales Aduaneros previstos por la Resolución General N°2.570 (AFIP), con relación a las destinaciones definitivas de importación para consumo.
La información registrada en el SIRA será puesta a disposición de los Organismos integrantes del Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA), quienes deberán pronunciarse en un lapso no mayor a 60 días corridos, contados desde el registro en el SIRA.
Las operaciones de los importadores podrán contar con la declaración SIRA en estado OFICIALIZADA, previo al arribo al territorio aduanero de la mercadería involucrada, lo que permitirá ejecutar las tareas de control en forma anticipada. Al momento de oficializar la destinación de importación, el Sistema Informático MALVINA (SIM) exigirá el número identificador de la declaración SIRA en estado SALIDA, realizándose su validación.
El importador deberá informar el plazo en días corridos entre el despacho oficializado y la fecha estimada de acceso al Mercado Libre de Cambios (MLC) para la realización de pagos de las importaciones. La Secretaría de Comercio y el BCRA, evaluarán la información aportada por el importador e informarán el plazo entre el despacho oficializado y la fecha en la que se permitirá el acceso a dicho mercado.
En el caso de importaciones que no requieran acceso al Mercado Libre de Cambios o que pretendan ser canceladas con moneda extranjera en tenencia propia, los importadores deberán informar dicha situación para que los Organismos competentes consideren la misma.
Las presentaciones efectuadas en el marco del SIMI, que a la fecha de publicación de esta Resolución se encuentren en estado OFICIALIZADO u OBSERVADO pasarán al estado ANULADA, debiendo registrarse nuevamente mediante el SIRA y aquellas que se encuentren en estado SALIDA mantienen su validez, excepto para aquellas declaraciones SIMI que la Dirección General de Aduanas de la AFIP, considere que debe aplicárseles algunas validaciones referidas al Perfil de Riesgo Aduanero, las cuales volverán al estado OFICIALIZADO, a los efectos de ser reevaluadas.
También se implementa el Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos de Servicios al Exterior (SIRASE) que será aplicable a las personas humanas, sucesiones indivisas y personas jurídicas, cualquiera sea la forma que adopten, que deban realizar pagos al exterior por cuenta propia o de terceros o actúen como ordenantes del pago, para cancelar obligaciones propias o de terceros.
Las presentaciones efectuadas en el marco del “Sistema Integral de Monitoreo de Pagos al Exterior de Servicios (SIMPES)” en estado APROBADA mantienen su vigencia.
Por último, se crea el sistema de consulta y registro de operaciones cambiarias denominado “Cuenta Corriente Única de Comercio Exterior” en el cual, las entidades autorizadas a operar en el Mercado Libre de Cambios por el BCRA deberán consultar y registrar, el importe en pesos del total de cada una de las operaciones cambiarias relacionadas a operaciones de importación en el momento en que la misma se efectúe. De la misma forma, quienes deseen acceder al Mercado Libre de Cambios podrán consultar el resultado de la validación sistémica, en forma previa a la realización de la operación cambiaria.
Esta Resolución se aplicará para las registraciones efectuadas a partir del 17 de octubre de 2022, inclusive.